ARTÍCULO 46


 En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, las entidades de la Administración Pública Paraestatal y los órganos autónomos, permitirán en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala:



 


I. Información contable, con la desagregación siguiente:


PRIMER TRIMESTRE 2023

a) Estado Analítico del Activo.pdf
b) Estado de Actividades.pdf
c) Estado de Cambios en la Situación Financiera.pdf
d) Estado de Flujos de Efectivo.pdf
e) Estado de Situación Financiera.pdf
f) Estado de Variación en la Hacienda Pública.pdf
g) Informe Analítico de la Deuda Pública y Otros Pasivos.pdf